Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares.
Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal.
Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos.
Acuerdo por el que queda prohibida la circulación de Vehículos tipo minibús, microbús, combi o equivalentes destinados a la presentación del servicio público de autotransporte de pasajeros en carreteras federales de cuota y de cuatro carriles.
Instructivo del Procurador General de la República por el que se establecen los lineamientos a que debe sujetarse la revisión de vehículos terrestres, marítimos o aeronaves, así como de mercancías, por parte del personal de la Procuraduría General de la República.
Oficio mediante el cual se autorizan niveles de cobro, reglas de aplicación y carta de porte para los servicios de salvamento y depósito de vehículos accidentados o detenidos en Carreteras de Jurisdicción federal.
Reglamento para el transporte multimodal internacional.
Reglamento sobre el peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal.
Apéndice para la clasificación de los caminos y puentes a que se refiere el Artículo 6 del Reglamento sobre peso, dimensiones y capacidad de los vehículos de autotransporte que transitan en los caminos y puentes de jurisdicción federal.
Norma oficial mexicana NOM-012-SCT-2-2008, sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal.